Portales de transparencia y acceso a la información en las municipalidades

Portales de transparencia y acceso a la información en las municipalidades

¿Están obligadas las municipalidades a tener un portal de transparencia?
Según el Decreto Supremo 063-2010-PCM, publicado el 3 de junio de 2010, se aprueba la uniformización o estandarización de los portales de transparencia en las entidades de la administración pública, con el fin de mejorar la aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública, uniformizando el contenido de la información. Por lo tanto, todas las municipalidades del país están en la obligación de crear un portal web de internet.
¿Por qué es obligatorio tener un portal de internet en cada municipalidad?
Independientemente que la ley ahora obligue a contar con un portal, es una sana política de transparencia en la gestión municipal, para que la sociedad civil pueda acceder a la información de su municipalidad.
¿Cuánto le costará a una municipalidad tener un portal de internet?
En estos casos, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informático (ONGEI) brindará asistencia técnica para la implementación y administración del aplicativo informático. Asimismo, se brindará el espacio para la página web en forma gratuita a todas las municipalidades que requieran el servicio[i].
Con esta herramienta, cada municipalidad que no tenga página web, podrá crear, configurar y dar mantenimiento a un espacio en internet, en donde pueda informar de sus diferentes actividades municipales, de acuerdo a su desarrollo institucional.
¿Qué información deberá tener el portal web?
Deberá tener información financiera y presupuestal, sobre los proyectos de inversión pública, procesos de selección y contratación de personal, así como las adquisiciones y servicios, en aplicación al criterio de cruce de información de los sistemas informáticos de la administración pública.
Se obtendrá y actualizará la información, con la transmisión de la base de datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), y del Ministerio de Trabajo y de Promoción del Empleo (MTPE), respectivamente, entidades que tienen la obligación de enviar información y actualizarla permanentemente.
¿En cuánto tiempo se implementarán estos portales?
Para poner en marcha este mandato se han contemplado los siguientes plazos, que rigen a partir del pasado 3 de julio:
TIPO DE ENTIDAD
PLAZO
Entidades del Gobierno Nacional
30 días
Gobiernos Regionales y Locales
60 días
Entidades de Gobiernos Locales Distritales que no cuenten con un portal en  internet 
Hasta 1 año
Es necesario precisar que en los lugares donde no existan posibilidades técnicas ni presupuestales, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) brindará a título gratuito el aplicativo informático del Portal Municipal.

Fuente:
Municipio Al Día
[1] www.ongei.gob.pe / Calle Francisco de Toledo 219, Urb. La Virreyna, Surco / 012744358, 012744356
 
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