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Más del 50% de Proyectos de la Municipalidad Provincial de Puno sin avace presupuestal

Altiplano Presupuestal: Más del 50% de proyectos de la Municipalidad Provincial de Puno sin avance presupue...

La Municipalidad Provincial de Puno cuenta con cincuenta y seis (56) Proyectos de Inversión Pública (PIP), y de acuerdo a su Presupuesto Institucional Modificado (PIM) ha realizado gasto efectivo en veintiséis (26) de ellos. Los restantes treinta (30) proyectos se encuentran fuera de la ejecución del presupuesto destinado para obras o gastos de capital, es decir el 53.7% del total de proyectos.
Así mismo, la Municipalidad Provincial de Puno cuenta con cuatro (4) proyectos que han superado el 90% de ejecución presupuestaria del monto asignado para el presente año: “Construcción de pistas y veredas en los jirones Tiahuanaco, Cabanillas y Arapa del barrio José Antonio Encinas” (S/. 305 mil) con 97.8%; “Ampliación del servicio de recolección y transporte de residuos sólidos” (S/. 1.4 millones) con 97.7%; “Construcción de pistas, veredas y canalización en los jirones Dos de Mayo, 9 de Diciembre, Andrés Ingaricona y vías conexas del Barrio 4 de Noviembre” (S/. 644 mil) con 96%; y “Mejoramiento del servicio de exposición de muestras culturales del museo Carlos Dreyer” (S/. 238 mil) con 95.6%.
 Para más información:

El Boletín Altiplano Presupuestal es un producto de la Asociación Servicios Educativos Rurales (SER) y el Instituto de Estudios del Sur del Perú (IESP), y tiene la finalidad de brindar información sobre los recursos financieros y la ejecución presupuestal del Gobierno Regional y los Gobiernos Locales de Puno.
Contacto:
Lic. Wilson Quispe Mayta
Teléfonos: 992108027 (RPC)
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¿Cómo proceder en caso de declarar desierto un proceso de selección?


Municipalidad Provincial de Melgar

En primer lugar, se declara desierto un proceso de selección cuando no quede válida ninguna propuesta o porque no se haya registrado ningún participante; en este último caso, la declaración podrá efectuarse culminada la etapa de registro de participantes. También se declara desierto un proceso de selección en los siguientes casos:

A. Cuando no quede por lo menos 2 ofertas válidas en el caso de procesos mediante subasta inversa.
B. Cuando el ganador de la buena pro no se presente a firmar el contrato y no haya postor en segundo lugar, o de haberlo, tampoco se presente para la firma del contrato.
La declaratoria de desierto  trae como consecuencia que se realice un nuevo proceso de selección, a través de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, el cual debe ser conducido por el mismo Comité Especial que condujo el proceso de selección original hasta que la Buena Pro quede consentida o se declare la cancelación del proceso.
Los procesos de selección culminan cuando: se suscribe el contrato; se cancela el proceso; se deja sin efecto el otorgamiento de la buena pro por causa imputable a la entidad, o cuando no se suscriba el contrato por negativa de la entidad por causas de recorte presupuestal, por norma expresa o porque desaparece la necesidad.
La Cancelación del proceso de selección puede efectuarse en cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro; la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad deberá reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido.
La formalización de la cancelación del proceso deberá realizarse mediante Resolución debidamente sustentada, del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de contratación, debiéndose publicar conforme lo disponga el Reglamento. En cuyo caso, la Municipalidad debe comunicar su decisión dentro del día siguiente y por escrito al Comité Especial, debiendo registrarse en el SEACE la resolución cancelatoria al día siguiente de esta comunicación y, de ser el caso, al correo electrónico señalado por los participantes.
La resolución que formaliza la cancelación deberá ser emitida por el funcionario que aprobó el Expediente de Contratación u otro de igual o superior nivel.
El plazo para el reintegro del pago efectuado como derecho de participación no podrá exceder de los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación de la cancelación, siendo suficiente para la devolución la sola presentación del comprobante de pago.
Base legal:
Artículos 32 y 34 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo 1017.
Artículos 22, 30, 78 , 79, 137 y numeral 2 del artículo 148 del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo N° 184-2008-EF.
Publicado en Municipio al día.
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¿Se debe rendir cuentas a la ciudadanía al final del año fiscal?




La rendición de cuentas es una acción de transparencia que fortalece la legitimidad de las municipalidades y sus autoridades y una obligación por cumplir, debiendo ser programada dentro del primer trimestre del año 2012.
La Constitución Política señala que los gobiernos locales formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley. Esto significa que la municipalidad debe realizar la rendición de cuentas en audiencia pública, correspondiente al periodo 2011, durante el primer trimestre del 2012. Lo recomendable es tomar en cuenta el siguiente procedimiento:
  1. Aprobar una ordenanza que regule la rendición de cuentas.
  2. Conformar una comisión técnica encargada de elaborar el informe de rendición de cuentas, bajo un esquema previamente diseñado.
  3. Considerar algunos componentes básicos como:
    • Enfocar la rendición de cuentas a la gestión municipal, dando cuenta de los avances y dificultades en el logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. La rendición de cuentas debe permitir saber cuánto se avanzó en los objetivos estratégicos del plan de desarrollo concertado de la localidad.
    • En la rendición de cuentas se debe informar sobre el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso de presupuesto participativo, especialmente el avance en la ejecución de los proyectos priorizados.
    • Abarcar la prestación de los servicios públicos y la realización de obras. En la ejecución presupuestal, todas las municipalidades realizan proyectos y suministran servicios para la localidad. Por ello, se requiere contar con los balances económicos e informes sobre la calidad de los servicios que se prestan a la población.
    • Informar sobre la gestión de programas sociales. Se necesita saber cuánto recibe la municipalidad por concepto de transferencias para los programas sociales y cómo se usan estos recursos. Es importante conocer a quiénes se está beneficiando con cada uno de estos programas sociales
    • La situación económica financiera de la municipalidad. Es importante brindar información sobre cuáles son los ingresos reales de la municipalidad, ya que ello determinará qué gastos se pueden realizar.
    • La situación de la participación ciudadana en los espacios y mecanismos de participación.
Al mismo tiempo hay que tener en cuenta que la obligación de rendir cuentas no recae solo en la alcaldía sino también en el Concejo Municipal, el cual debería dar cuenta de:
  • Su función normativa.
  • Su rol de fiscalización.
  • Su vínculo con la comunidad.
  • Convocar la rendición de cuentas con la debida anticipación y hacerlo en un ambiente adecuado, amplio.
La rendición de cuentas debe ser efectuada anualmente y cuando concluye la gestión municipal se debe hacer una rendición de cuentas de toda la gestión municipal.
 
Base legal:
Artículo 199 de la Constitución Política del Perú de 1993
Artículo IX del Titulo Preliminar y artículos 97 y 121 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.
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Contratación de consultores en la Municipalidad





La contratación de consultores es una modalidad por la cual las municipalidades se agencian de personal altamente calificado o especializado para el cumplimiento de determinados servicios que coadyuvarán al ejercicio de otras actividades posteriores.
Se trata de servicios concretos y temporales que pueden abarcar una diversidad de materias: asesorías legales, elaboración de propuestas de proyectos de inversión, consultoría de obra, elaboración de instrumentos de gestión, asesorías técnicas especializadas, propuesta de políticas o planes, diagnóstico de la gestión municipal, entre otros aspectos.
El consultor no ejerce funciones de naturaleza permanente, ni tiene dependencia funcional como sí la tienen los empleados públicos municipales. Por tanto, para la municipalidad no es primordial supervisar cómo cumple sus obligaciones el consultor (siempre en el marco del contrato), sino los resultados que se desprenden de sus obligaciones.
En tal medida, dado que los consultores no tienen vínculo laboral con la entidad pública contratante, y por la naturaleza de sus servicios, su contratación se debe regir por la Ley de Contrataciones del Estado – Decreto Legislativo Nº 1017.
Procedimiento:
La contratación de consultores debe seguir el mismo procedimiento que cualquier contratación de servicios, por lo que es pertinente diferenciar aquellos servicios de consultoría por montos inferiores o iguales a 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y los que superan dicho monto:
a. Contratación por monto inferior o igual a 3 UIT:
Esta contratación no se encuentra enmarcada en los procedimientos de la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado, sin embargo se puede tomar como referencia algunas de las exigencias ahí contenidas, para la emisión de la directiva interna del municipio que regule este procedimiento.En este sentido es recomendable prever los siguientes pasos:
1º fijar el objeto y obligaciones requeridas del servicio de consultoría.
2º realizar la consulta y obtener el Certificado de crédito presupuestario.
3º aprobación del expediente.
4º invitación a 3 o más potenciales consultores.
5º contratación.
b. Contratación por un monto superior a 3 UIT:
1º se debe efectuar el requerimiento, describiendo en general cual es el servicio y el estimado de la contraprestación.
2º incluir en el Plan Anual de Contrataciones de la municipalidad, salvo que la consultoría no haya sido programable como proceso de Adjudicación de Menor Cuantía.
3º se debe elaborar y aprobar el Expediente de contratación, que contiene el requerimiento del área usuaria, la descripción del servicio, el estudio de posibilidades del mercado, el valor referencial, la disponibilidad presupuestal (Certificado de crédito presupuestario), la indicación del tipo de proceso de selección, la modalidad de selección, y el sistema de contratación.
4º el Comité Especial o el área encargada de la contratación debe recibir el Expediente de contratación y elaborar las bases del proceso de selección correspondiente al monto involucrado (1).
5º se realiza la convocatoria a proceso de selección que corresponda, a través del SEACE y del portal institucional del municipio.
6º El Comité Especial o el área encargada efectúa la evaluación conforme a los factores de evaluación contenidos en las bases.
7º se otorga y notifica la buena pro.
8º se suscribe el contrato, si no existió postor competidor, el contrato se puede suscribir en cualquier momento, y si existió algún postor competidor se debe esperar 8 ó 5 días hábiles (2), dependiendo del proceso de selección materia de convocatoria, para esperar la impugnación de la buena pro o de los actos anteriores.

 
Base legal:
(1) De acuerdo al artículo 16 de la Ley de Contrataciones del Estado – Decreto Legislativo Nº 1017, los márgenes para determinar qué tipo de proceso de selección corresponde aplicar se definen en la Ley de Presupuesto aprobada para cada ejercicio fiscal.
(2) Conforme al artículo 107 del Reglamento de Contrataciones del Estado – Decreto Supremo Nº 184-2008-EF.
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Programa regional de riego y drenaje (PRORRIDRE) con 30% de ejecución presupuestal





En el presente reporte brindamos información sobre la gestión presupuestaria del Programa Regional de Riego y Drenaje (PRORRIDRE), entidad ejecutora del Gobierno Regional Puno.

Es necesario indicar que el PRORRIDRE busca promover el desarrollo de la actividad agropecuaria, impulsando la construcción y mejoramiento de obras hidráulicas complementadas con actividades de capacitación y asistencia técnica, para el uso racional del agua y suelo, contribuyendo al desarrollo socio-económico de la población beneficiaria de estas obras.

El presupuesto de PRORRIDRE para el presente año es de S/. 18.3 millones, y tiene 9 proyectos en cartera. La ejecución hasta este momento es de S/. 5.8 millones, lo que en términos porcentuales significan un 31.5% de avance presupuestal.

Ejecución de recursos 2011 - PRORRIDRE
Avance presupuestal gastos de capital (obras)
Nro
Proyectos del Programa Regional de Riego y Drenaje - PRORRIDRE
21/11/2011
PIM 21 Nov
Devengado 21 Nov
1
Estudios de pre-inversión
71.5
S/. 261,220
S/. 186,754
2
Construcción de irrigación nequeneque
68.8
S/. 5,654,735
S/. 3,890,036
3
Mejoram. construc. Irrigac. Buena Vista Pocpoquella
33.3
S/. 205,077
S/. 68,226
4
Construcción de irrigación Cabanilla II Etapa
32.1
S/. 1,334,782
S/. 428,179
5
Afianzamiento hídrico de la cuenca Llallimayo
31.3
S/. 144,655
S/. 45,277
6
Construcción de irrigación Orurillo – Posoconi
18.8
S/. 3,812,657
S/. 716,291
7
Mejoram. y construc. riego tecnificado, irrigac. Collini
14.9
S/. 1,510,914
S/. 225,559
8
Construcción de irrigación Callacame
6.9
S/. 2,624,017
S/. 180,421
9
Contrucción de Presa Aricoma
1.2
S/. 2,758,801
S/. 33,990

TOTAL
31.5
S/. 18,306,858
S/. 5,774,733
              Fuente: Portal de la Dirección Nacional de Presupuesto Público – dnpp.mef.gob.pe
              Elaboración: Asociación SER e IEP-SP
                             Actualización: 21 de noviembre de 2011

El presupuesto de PRORRIDRE lo convierte en la octava entidad de la región con mayores recursos luego del Gobierno Regional, del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PELT) y de las municipalidades provinciales de San Román-Juliaca, Yunguyo, Azángaro, Puno y Melgar-Ayaviri.

El proyecto “Construcción de irrigación Nequeneque (Muñani)”, es el que cuenta con mayores recursos para el año 2011, S/. 5.7 millones, seguido de la “Construcción de irrigación Orurillo-Posoconi” con S/. 3.8 millones. Un dato preocupante es que sólo se dispone de S/. 261 mil destinados para “Estudios de pre-inversión”.

Dos proyectos se encuentran por debajo del 10% de avance presupuestal: “Construcción de irrigación Callacame (Kelluyo y Huacullani)” con 6.9% y la “Construcción de presa Aricoma (Patambuco y Crucero)” con 1.2%, que cuentan con S/. 2.6 millones y S/. 2.8 millones respectivamente.

Patricia Quiñones, antropóloga de la Asociación SER indicó: “El acceso al recurso hídrico es uno de los pasos centrales para mejorar la productividad, siendo además una de las principales demandas de la población. Sin duda, es central no solo diseñar los proyectos y destinar los fondos para los mismos sino tener la capacidad de identificar los “cuellos de botella” o puntos críticos que demoran el proceso de ejecución retrasando los beneficios a la población y perjudicando en última instancia a la propia gestión. La evaluación constante de los proyectos y la capacidad de replantear estrategias y soluciones son tareas pendientes”.


El Boletín Altiplano Presupuestal tiene la finalidad de brindar información sobre los recursos financieros y la ejecución presupuestal del Gobierno Regional y los Gobiernos Locales de Puno.
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Ranking Presupuestal de las Municipalidades Distritales de Puno (OBRAS)




A menos de 45 días para culminar el año 2011, presentamos el reporte de avance en la ejecución de recursos destinados a los gastos de capital (obras), de las municipalidades distritales del departamento de Puno.
De acuerdo a la información disponible, el ranking en la región es liderado por la municipalidad distrital de San Juan del Oro (Sandia), que tiene 93.3% de avance presupuestal, con un gasto efectivo de S/. 5.2 millones, y su presupuesto total estimado es S/. 5.5 millones, a diciembre del 2011.

Complementando el grupo de los cinco gobiernos distritales con mayor ejecución, pero sin superar el 90%, se encuentran las municipalidades de Cupi (Melgar) con 84.2%, Platería (Puno) con 82.8%, Nicasio (Lampa) con 82.1% y Ayapata (Carabaya) con 80.9%.

Seis municipalidades distritales se encuentran entre el 79.5% (Vilque); y 70.6% (Desaguadero); trece municipalidades están entre 69.3% (Santiago de Pupuja) y 60% (San Juan de Salinas); trece municipalidades se ubican entre 58.7% (Pusi) y 50.3% (Kelluyo); veinticuatro municipalidades se sitúan entre 49.2% (Pisacoma) y 40.7% (Coata); y veintiún municipalidades se hallan entre 39.9% (Acora) y 30.3% (Samán).

Avance presupuestal gastos de capital (obras)
Avance presupuestal gastos de capital (obras)
Nro
Municipalidad Distrital
14/11/2011
PIM 14 Nov
Devengado 14 Nov
1
San Juan del Oro (Sandia)
93.3
S/. 5,528,759
S/. 5,159,151
2
Cupi (Melgar)
84.2
S/. 1,885,578
S/. 1,587,631
3
Plateria (Puno)
82.8
S/. 2,713,310
S/. 2,247,727
4
Nicasio (Lampa)
82.1
S/. 1,436,155
S/. 1,178,742
5
Ayapata (Carabaya)
80.9
S/. 6,098,274
S/. 4,934,636
6
JD Choquehuanca (Azángaro)
26.1
S/. 1,557,979
S/. 407,126
7
Chucuito (Puno)
25.5
S/. 2,289,328
S/. 584,035
8
Patambuco (Sandia)
22.1
S/. 5,167,669
S/. 1,139,661
9
Huata (Puno)
18.7
S/. 1,834,179
S/. 343,115
10
Calapuja (Lampa)
12.4
S/. 881,901
S/. 109,019
Fuente: Portal de la Dirección Nacional de Presupuesto Público – dnpp.mef.gob.pe
Elaboración: Asociación SER e IEP-SP
Actualización: 14 de noviembre de 2011

De otro lado, doce municipalidades distritales no superaron el 30% de ejecución: Conima, Tinicachi, Ituata, San Antón, Potoni, Macari, Usicayos, Anapia, Huacullani, José Domingo Choquehuanca, Chucuito y Patambuco.

Las que menor ejecución presentan son Huata (Puno), con un 18.7% de avance presupuestal, que representa un gasto efectivo de S/. 343 mil, de un presupuesto estimado de S/. 1.8 millones; y Calapuja (Lampa) con 12.4% de avance, que equivale a S/. 109 mil ejecutados, de los S/ 882 mil presupuestados a diciembre del 2011.

Con respecto, a estas últimas, el analista político regional, Eland Vera señaló: “Se trata de datos alarmantes y avergonzantes. Notoriamente destaca una capacidad de gestión municipal lenta y reactiva, una habilidad política de corto alcance o temerosa, que se entrelaza con la insuficiente preparación profesional de la burocracia edil en los distritos de la región Estamos frente a un problema de fondo que va más allá de lo estrictamente presupuestal y cuantitativo”.
 
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