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Treinta de 96 municipalidades distritales de la Región Puno superan el 90% de ejecución presupuestal

Entre las 96 municipalidades distritales de la región Puno, treinta superaron el 90% de ejecución de sus respectivos presupuestos, hasta diciembre de 2010. Estas treinta municipalidades representan al 31.2% de los gobiernos locales distritales de la región, que han logrado cierta eficiencia en el gasto público durante el presente año.
De acuerdo a la información obtenida por el Proyecto Mejorando la Inversión Municipal - MIM Puno, la Municipalidad Distrital de Huayrapata, en la provincia de Huancané, lidera la ejecución presupuestal con un avance porcentual de 99.8%, equivalente a 5 millones 703 mil 818 nuevos soles ejecutados. Asimismo, esta municipalidad cuenta con un Presupuesto Institucional Modificado (PIM) de 5 millones 717 mil 632 nuevos soles.
En segundo lugar se encuentra la Municipalidad Distrital de Santa Lucia, en la provincia de Puno, con un avance porcentual de 98.6%, que representa 5 millones 617 mil 900 nuevos soles de ejecución, teniendo un PIM ascendente a 5 millones 698 mil 974 nuevos soles.

Gobiernos Locales distritales con mayor ejecución presupuestal (avance porcentual)
Municipalidad
Provincia
PIM
Devengado 
Avance % 
1
M.D. Huayrapata
Huancané
 S/.        5,717,632
 S/.        5,703,818
  99.8
2
M.D. Santa Lucia
Lampa
 S/.        5,698,974
 S/.        5,617,900
  98.6
3
M.D. Tiquillaca
Puno
 S/.        1,015,167
 S/.           970,225
  95.6
4
M.D. Taraco
Huancané
 S/.        6,341,142
 S/.        6,027,775
  95.1
5
M.D. J.D. Choquehuanca
Azángaro
 S/.        2,331,411
 S/.        2,200,041
  94.4
6
M.D. Chucuito
Puno
 S/.        4,410,803
 S/.        4,138,743
  93.8
7
M.D Orurillo
Melgar
 S/.        9,534,780
 S/.        8,937,581
  93.7
8
M.D. Paucarcolla
Puno
 S/.        3,286,678
 S/.        3,075,223
  93.6
9
M.D. Cupi
Melgar
 S/.        2,611,737
 S/.        2,443,076
  93.5
10
M.D. Pomata
Chucuito
 S/.        7,192,065
 S/.        6,717,909
  93.4
Fuente: Portal de Transparencia del MEF                        Elaboración: MIM Puno
Búsqueda al 21 de diciembre 2010
MIM Puno indagó sobre los gobiernos locales distritales con menor avance porcentual este año, siendo la Municipalidad Distrital de San Juan del Oro, en la provincia de Sandia, la que presenta 46.8% de avance, hasta diciembre de 2010, habiendo ejecutado dos millones 205 mil 34 nuevos soles, teniendo un PIM de 4 millones 575 mil 562 nuevos soles.
Le sigue la Municipalidad Distrital de Inchupalla, en la provincia de Huancané, con 54.5% de avance, que representa un millón 248 mil 256 nuevos soles ejecutados. Esta municipalidad cuenta con un PIM de dos millones 291 mil 590 nuevos soles.
El porcentaje de avance porcentual se obtiene de dividir el monto de ejecución presupuestal entre el PIM de cada municipalidad. También se debe tener en cuenta el tamaño de la municipalidad, su número de proyectos de inversión, la cantidad de su presupuesto anual y, lógicamente, la calidad del gasto, porque se puede tener un buen avance porcentual en la ejecución del presupuesto pero los proyectos ejecutados no son de impacto social.
Sobre MIM Puno:
MIM Puno monitorea la ejecución presupuestal de los gobiernos locales para mantener informada a la población sobre el uso de los recursos
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La maldición de los recursos naturales

En los países ricos en recursos naturales, con frecuencia se ve que unas pocas empresas se benefician de su explotación, mientras que las rentas para el Estado son escasas o se emplean de manera inadecuada, y la población local continua en la pobreza.  Esto ocurre indudablemente en nuestro país a lo largo de toda su historia republicana, sabemos que nuestro territorio cuenta con muchas bondades en recursos naturales, ello se ve reflejado en ser a nivel mundial; primer productor de espárragos, primer productor de paprika, segundo productor de alcachofas, sexto productor de café, segundo productor de plata, cuarto productor de cobre, zinc y plomo, quinto productor de oro, además de contar con grandes yacimientos de hierro, estaño, petróleo, gas, etcétera, etcétera.
Pero, ¿son los recursos naturales una bendición para el país?, al menos eso nos han hecho creer, pero la experiencia demuestra que generalmente no es el caso. Por ello, se han hecho investigaciones sobre el papel de los recursos naturales en el desarrollo del país y se ha llegado a constatar que esas fabulosas riquezas que tenemos no han logrado generar, en la mayoría de los casos, un autentico desarrollo económico y humano. Pareciera que la abundancia de recursos naturales, va acompañado de una especie de maldición, convirtiéndose con frecuencia, en un real obstáculo hacia la modernización de la economía y hacia una distribución equitativa de esa riqueza.
Generalmente, para demostrar que algunos países con muy escasos recursos naturales han logrado un desarrollo impactante, se suele recurrir al ejemplo de Japón y de Suiza. En Suiza no hay ni una sola planta de cacao, sin embargo, ha sido y sigue siendo un exportador internacional de chocolates de gran calidad. Japón no tiene minas de mineral de hierro y, sin embargo, es líder mundial en producción de acero y de carros. Esta paradoja de “riqueza-pobreza” en los países sub desarrollados, no es fácil de explicarla y ni comprenderla totalmente.
A mi parecer, los países que no tienen beneficios de los recursos naturales hace que la escasez de éstos activa en las personas los mecanismos necesarios que le impulsan a triunfar, en cambio, cuando la naturaleza es excesivamente generosa, limita, y hasta anula, los procesos de autentico desarrollo. La tentación más frecuente es el orientar todo el esfuerzo hacia la extracción y la exportación y no así hacia la industrialización, ello significa condenarse a quedar como exportador permanente de materias primas sin esforzarse, siquiera, por añadirle un mínimo de valor agregado.
¿Qué hicieron entonces los países como Japón y Suiza?, hay un componente de gran importancia en referencia al cambio socio-económico de un país: es el factor educación. Nuestro sistema educativo, tanto escolar, como universitario, está orientado, como en la mayoría de los países del Tercer Mundo, hacía los conocimientos académicos predominando las profesiones liberales. En cambio, los países en mención, han priorizado los conocimientos tecnológicos y la capacitación en todo lo referente al desarrollo industrial y cibernético. Es una formación hacia la acción, hacia el cambio, por otro lado, sus gobiernos han orientado significativos fondos económicos hacia la investigación y la creatividad industrial.
Además, la ciudadanía no espera que las soluciones vengan desde arriba, el gobierno acompaña todo el proceso de modernización pero sin ser él el gestor principal, trata de crear las condiciones óptimas para el desarrollo, pero sin ser el protagonista de ese mismo desarrollo, sino la sociedad misma. En el Perú, tenemos que implusar modelos de gestión que vinculen la explotación de los recursos naturales hacia el bienestar de toda la población, por otro lado, todos esos recursos, por enormes que sean, están marcados con el signo de la fatalidad: son finito, no renovable y algún día se tendrán que acabar y solo nos dejarán como herencia, despojos mortales.
Artículo publicado: En Los Andes
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¿Cuáles son las funciones de las comisiones del concejo municipal?


Las Comisiones de Regidores son órganos consultivos del Concejo Municipal, cuya finalidad consiste en realizar estudios, formular propuestas y proyectos de Reglamento de los servicios respectivos y emitir dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Concejo les encargue.     
Las comisiones del concejo municipal se definen en base a sus funciones y atribuciones de los regidores, que son: 
  • Proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos.  
  • Formular pedidos, informes y mociones. 
  • Desempeñar, vía delegación de funciones, las atribuciones políticas del alcalde.  
  • Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal. 
  • Formar parte, asistir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales establecidas en el RIC, y en las reuniones de trabajo. 
  • Relacionarse con las organizaciones sociales y la ciudadanía en general, a fin de conocer sus demandas y necesidades y proponer soluciones.
El Concejo anualmente fija el número de comisiones de regidores, cuya composición debe ser impar. Los regidores deben participar obligatoriamente del trabajo de las comisiones a las que sean asignados.
Las Comisiones de Regidores, a través de su Presidente, pueden citar o solicitar, a cualquier funcionario de la Municipalidad, informes y opiniones sobre los asuntos de su competencia, pudiendo los funcionarios participar  con derecho a voz. Dichos funcionarios serán convocados o requeridos a través de la Gerencia Municipal.    
Los funcionarios o servidores que sean requeridos por las Comisiones de Regidores, se encuentran obligados a presentar los informes que le sean solicitados, así como de asistir a las reuniones de Comisiones que hayan sido convocados, bajo responsabilidad.      
Según su naturaleza pueden ser ordinarias o especiales.    
1. Comisiones Ordinarias:
Son comisiones ordinarias aquellas que se encargan del estudio y dictamen de los asuntos propios del Concejo, con prioridad en la función normativa y fiscalizadora durante un año y abarcan las principales áreas de la municipalidad. El cuadro de comisiones así como las Presidencias y los miembros serán propuestos por el Alcalde al pleno del Concejo; aprobándose a través del Acuerdo de Concejo.  
El Alcalde propone al Concejo el número de Comisiones Ordinarias para cada año, teniendo en cuenta las necesidades y estructura de la municipalidad y del distrito, así como las competencias y funciones de los gobiernos locales.  
El número de comisiones que podrán integrar los regidores debe ser establecido de acuerdo al número total de regidores. 
Las funciones de las Comisiones Ordinarias a tener en cuenta son las siguientes:  
  • Elaborar, actualizar, revisar las políticas municipales en sus respectivos campos de acción y proponer las normas necesarias ante el Concejo y la Alcaldía.  
  • Dictaminar los proyectos de ordenanzas, acuerdos y resoluciones que se pongan a su consideración.
  • Acoger y procesar los informes de los regidores que forman parte de la Comisión.
  • Dictaminar sobre los pedidos de los regidores.
  • Dictaminar sobre las iniciativas de las organizaciones sociales.
  • Informar al Concejo Municipal de las acciones desarrolladas.
  • Otras que sean previstas en el Reglamento o les encargue el Concejo.
2. Comisiones Especiales  
Las Comisiones Especiales de Regidores se constituyen por Acuerdo del Concejo para asuntos específicos que no corresponden a ninguna de las Comisiones Ordinarias o que por su importancia o gravedad así lo requieran. El Acuerdo de Concejo que constituye la Comisión Especial determinará con precisión el encargo, su constitución, quienes las presiden y conforman, indicando el plazo asignado para la ejecución de la labor.  

Base Legal
Numeral 12 del artículo 9, artículos 10 y 40  de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.
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Calentamiento global originaría una enorme sequía a partir del año 2030



Un nuevo estudio, que combina 22 modelos climáticos por computadora, indica que en los próximos 30 años se acentuarán las sequías en todo el planeta.  Aiguo Dai, científico a cargo de la investigación, señaló que “aunque se hagan realidad sucesos un poco similares a los pronosticados,los impactos para la sociedad a nivel mundial serán enormes”. El análisis realizado para el National Center for Atmospheric Research muestra imágenes poco alentadoras de lo que será el clima mundial hasta el año 2099.
El análisis realizado por el científico concluye que el calentamiento global creará condiciones de sequía en gran parte del globo, y posiblemente en algunas regiones se alcance, durante este siglo, nivles de sequías que jamás se habían visto en tiempo modernos. De acuerdo a los pronósticos, hacia el 2030 las sequías se incrementarían de forma sustancial en todo el hemisferio oeste, además de afectar a algunos sectores de Europa, Asia, africa y Australia. Por contraste latitudes altas como Alaska o Escandinavia se transformarán en zonas más húmedas, pero no a un nivel suficiente como para compensar las sequías que se producen en otras zonas, predijo Dai.
El científico advirtió que estas proyecciones están basadas en los niveles de emisiones de gases de efecto invernadero que se mantienen actualmente, sustancias que ayudan a atrapar el calor en la atmósfera, pero lo que suceda en adelante dependerá también de muchos factores, incluyendo ciclos naturales como El Niño.
Las predicciones de Dai indican que dos tercios de los Estados Unidos será afectado por la sequía para el 2030. Otras zonas que serán afectadas dramáticamente por las sequías serán Latinoamérica, incluyendo grandes segmentos de territorio de México y Brasil, las regiones que bordean el mar Mediterráneo que se transformaría en una zona muy seca, amplias zonas al suroeste de Asia, gran parte de Africa y Australia, con condiciones particularmente áridas en algunas regiones de Africa, y el sureste de Asia, incluyendo partes de China y los países vecinos.
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Videos, Premiación y discurso de Mario Vargas Llosa

En un día histórico para nuestro país, el escritor Mario Vargas Llosa, recibió el Premio Nobel de Literatura 2010, convirtiéndose en el peruano más ilustre y universal de todos los tiempos.
"Estimado Mario Vargas Llosa, usted ha encapsulado la historia del siglo 20 en una burbuja de imaginación. Esta se ha mantenido flotado en el aire durante 50 años y todavía brilla. La Academia Sueca lo felicita. Por favor, acérquese para recibir el Premio Nobel de Literatura de este año de manos de Su Majestad el Rey", fueron las palabras con las que se presentó a nuestro Nobel.
Luego el Rey Carlos XVI Gustavo de Suecia entregó a Vargas Llosa, la medalla, el diploma y su certificado de Nobel. Finalizada la ceremonia de premiación, los ganadores del Nobel recibieron el saludo de los asistentes; y posteriormente se dirigieron al Banquete Nobel realizado en Stockholm City Hall.


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Hallan restos humanos y cerámica inca en santuario del Cusco

Arqueólogos peruanos hallaron los restos óseos de una mujer y un hombre sacrificados en la época inca en Perú, durante excavaciones en el centro ceremonial Wayna Taucaray del Cusco, informó el martes el Instituto Nacional de Cultura (INC).
Arqueólogos peruanos hallaron los restos óseos de una mujer y un hombre sacrificados en la época inca en Perú, durante excavaciones en el centro ceremonial Wayna Taucaray del Cusco, informó el martes el Instituto Nacional de Cultura (INC).
"Los restos humanos corresponden a una mujer y a un hombre en perfecto estado", dijo a la prensa la arqueóloga Patricia Benavente desde la ciudad del Cusco (unos 1.100 km al sureste de Lima).
Se trata de dos personas adultas en posición de cubito ventral, subrayó la investigadora, señalando que las tumbas incas datan del año 1400.
Junto a los restos óseos se hallaron seis jarrones incaicos con diversas figuras, las cuales representan helechos marinos y rombos, indicó el INC.
Cusco es la antigua capital del imperio de los incas, la mayor atracción turística de Perú que posee numerosos complejos arqueológicos, como la ciudadela de Machu Picchu, declarada como una de las siete maravillas del mundo moderno.
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Transferencia de gestión, un mecanismo de transparencia en la gestión municipal

En el sistema peruano las normas indican que, al término de un mandato, designación, o cese en el cargo, la autoridad o titular, directivo, funcionario o servidor público, debe dar muestra de su transparencia y vocación para rendir cuenta de su administración. Ante lo expuesto, estamos a escasas semanas de finalizar la gestión municipal del periodo 2007-2010 en nuestras municipalidades provinciales y distritales; lo que conlleva a las autoridades en ejercicio al término de su mandato a realizar un Proceso de Transferencia de la gestión municipal de manera ordenada y eficiente a las nuevas autoridades electas en el pasado proceso electoral.
De acuerdo a la Guía Técnica de Probidad Administrativa – Transferencia de Gestión, el alcalde en ejercicio debe convocar y conformar la Comisión de Transferencia durante el plazo de los cinco días hábiles a la entrega del credencial a las nuevas autoridades, ésta comisión debe ser mixta, ósea, conformada por ambas partes, autoridades en ejercicio y autoridades electas el 03 de octubre. Propiamente, la transferencia de gestión es un proceso administrativo documentado, que permite a las autoridades en ejercicio, informar a su sucesor, sobre la situación administrativa, operativa y económica - financiera de la municipalidad, en armonía a los principios de integridad, transparencia y rendición de cuentas, posibilitando así, la continuidad de los objetivos a mediano y largo plazo. En caso que la autoridad sea reelecta para el sucesivo período de gestión, no se habla propiamente de la transferencia de la administración municipal, sino, informar al Concejo Municipal principalmente sobre la situación real en que se encuentra la municipalidad, para la cual, tiene que Formular y presentar una Memoria de Gestión Institucional.
De acuerdo, al artículo 2º Objeto de Transferencia de la Ley Nº 26997, los aspectos que comprende la transferencia en forma general; entrega del inventario físico de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la municipalidad, inventario de las cuentas bancarias e indicando el saldo, libros de contabilidad, operaciones contables y financieras realizadas, libro de planillas y regímenes de contratación, registro de contribuyentes, actas de reuniones del concejo municipal, relación debidamente documentada de las ordenanzas, edictos, acuerdos y demás normas municipales expedidas, y otros informes que permitan conocer adecuadamente la gestión de los recursos de la municipalidad.
Todo lo mencionado harán autoridades transparentes e idóneas, que demostraron durante toda su gestión honestidad al frente de la municipalidad, sin embargo, la otra cara de la moneda la mostrarán varias autoridades que no lograrán instalar la Comisión de Transferencia en los plazos establecidos, por razones que pueden ser justificadas o no, si ocurre ello, el alcalde electo jugará un papel muy importante, ya que él designará a todos los integrantes de la comisión. Éste hecho debe ponerlo en conocimiento del Fiscal correspondiente, para que se haga efectiva la respectiva acción penal por el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, consecuentemente, serán reprimidos con pena privativa de la libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días de multa, esto tipificado en el Artículo 377 del Código Penal.
En el proceso de transferencia propiamente dicho, también pueden existir actos u omisiones de las autoridades, funcionarios y servidores municipales para ocultar información, impedir o entorpecer la labor de la comisión, éstos sucesos deben ser puestos en conocimiento de la Controlaría General de la República y del Ministerio Público para la determinación de las responsabilidades administrativas -amonestaciones, suspensión, multa de hasta 43 mil 200 nuevos soles, resolución contractual, destitución y despido- y penal. Todo lo mencionado es de interés público, por consiguiente, la autoridad electa debe buscar los mecanismos de difusión, para que la sociedad civil haga sus conclusiones de la gestión saliente.
Artículo publicado en los Andes, versión impresa - Martes 07 de Diciembre del 2010
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Calendario de la Gestión Municipal

Culminado el proceso de transferencia de la gestión municipal y las necesarias rendiciones de cuentas del periodo que culmina, las autoridades municipales entrantes tienen delante suyo la posibilidad de contribuir desde el gobierno local a afianzar la democracia y el desarrollo local. Uno de los primeros pasos a dar durante los primeros meses de gestión es el de la revisión, evaluación y actualización de los principales instrumentos de planificación de la gestión, entre estos, el Plan de Desarrollo Local, el Plan de Desarrollo Institucional y el Plan Operativo Institucional, estos instrumentos son la base para la toma de decisiones a nivel político y técnico, para  la programación de acciones y la asignación de los recursos. Esperamos que las autoridades entrantes logren conformar equipos municipales competentes, puedan establecer consensos básicos con todos los miembros del concejo y logren establecer vínculos fuertes con la población a fin de liderar democráticamente  el proceso de construcción del desarrollo en sus respectivos territorios.
Desde Escrito a lápiz, les deseamos los mayores éxitos en este nuevo periodo. Aprovechamos también la oportunidad para desearles Felices fiestas y prosperidad en el año 2011
Obligaciones Muncipales próximas a vencer
Viernes, 31 de Diciembre de 2010
Informe de Municipalidad de Centro Poblado sobre recaudación de noviembre 2010
Vence el plazo en que los alcaldes de las municipalidades de centro poblado deben informar mensualmente a la municipalidad provincial o distrital pertinente, sobre los importes recaudados por delegación expresa en noviembre 2010, las que se entenderán como transferencias efectuadas a su favor. Base legal: Artículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Viernes, 31 de Diciembre de 2010
Informe del Alcalde al Concejo Municipal sobre la recaudación de los ingresos de noviembre 2010
Vence el plazo en que el Alcalde informe de manera mensual al Concejo Municipal respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales de noviembre 2010. Base legal: Numeral 15 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Viernes, 31 de Diciembre de 2010
Municipalidades deben rendir cuentas sobre la gestión de los servicios de saneamiento.
Vence el plazo anual en que las municipalidades deben rendir cuentas sobre la gestión de los servicios de saneamiento, en los aspectos de calidad, cobertura y sostenibilidad, así como de estar informado de las causas que originaron los resultados que se exponen. Base legal: “Manual de rendición de cuentas y desempeño para los Gobiernos Locales”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 680-2008-VIVIENDA.
Viernes, 31 de Diciembre de 2010
Las Municipalidades Distritales y Provinciales aprueban y promulgan sus Presupuestos Institucionales, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal
Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales aprueban y promulgan sus Presupuestos Institucionales, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal. Los Gobiernos Locales aprueban, bajo responsabilidad del titular del pliego, su presupuesto institucional, conforme a lo establecido en el inciso 2) del numeral 53.1 del artículo 53° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, para lo cual utilizan el Modelo Nº 02/GL “Resolución de Aprobación del Presupuesto Institucional”. Base legal: artículo 27 de la Directiva 003-2010-EF/76.01
Viernes, 31 de Diciembre de 2010
Recursos Determinados de diversos rubros cualquiera sea la modalidad de depósito, deberán ser transferidos a la Cuenta Central “Recursos Determinados
Bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces, los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Determinados, de los Rubros 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones y 07 FONCOMUN que se mantengan depositados en el Banco de la Nación o en Entidades del Sistema Financiero Nacional, cualquiera sea la modalidad de depósito, deberán ser transferidos a la Cuenta Central “Recursos Determinados” hasta el 31 de diciembre de 2010. Asimismo, deberán proceder a liquidar tales cuentas bancarias, debiendo instruir directamente su cierre a la respectiva entidad bancaria, hasta el 30 de enero de 2011, e informando a la Dirección Nacional del Tesoro Público. Base legal: Resolución Directoral Nº 044-2010-EF/77.15, El Peruano del 21 de noviembre de 2010.
Martes, 4 de Enero de 2011
Los Alcaldes Distritales remiten sus Presupuestos aprobados e información adicional a la Municipaldad Provincial
Los Alcaldes Distritales remiten sus Presupuestos Institucionales aprobados e información adicional contenida en el "Módulo de Formulación Presupuestal GL" del SIAF-SP a la Municipaldad Provincial de su ámbito. Base legal: Directiva N° 003-2010-EF/76.01, artículo 28, numeral 28.1
Jueves, 6 de Enero de 2011
Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten a la DGPP la información procesada en el "Módulo de Formulación Presupuestal -GL"que contiene el consolidado a nivel provincial de los Presupuestos Institucionales, así como la información detallada
Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten a la Dirección General del Presupuesto Público, la información procesada en el Aplicativo Informático“Modulo de Formulación Presupuestal –GL” del SIAF-SP, que contiene el consolidado a nivel provincial de los Presupuestos Institucionales, así como la información detallada por cada Municipalidad Distrital. Base legal Directiva N° 003-2010-EF/76.01
Lunes, 10 de Enero de 2011
Deben formalizarse las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático aprobadas en el mes de diciembre
Vence el plazo para formalizar mediante Resolución de Alcaldía las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, las Habilitaciones y Anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto Institucional, correspondientes al mes de diciembre de 2010. Copia fedateada de las citadas Resoluciones deben ser remitidas por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, a la municipalidad provincial a la cual se vinculan geográficamente, a fin de mantener actualizada la información del marco presupuestal a nivel provincial. Base legal: Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 043-2009-EF-76.01.
Lunes, 10 de Enero de 2011
OCI debe registrar informe de cumplimiento enero-diciembre 2010 del Plan Anual de Control
Vence el plazo para que el OCI registre en el SAGU el Informe de Cumplimiento del Plan Anual de Control del período enero-marzo 2010. Base Legal: Directiva Nº 004-2009-CG/PEC “Formulación y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2010”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 169-2009-CG.
Viernes, 21 de Enero de 2011
Envío a la Contraloría General de la República la información de ejecución presupuestal de los programas sociales correspondiente a octubre-diciembre 2010
El Director o Gerente de Administración debe remitir a la Contraloría General de la República en forma virtual, a través del sistema Web Mochica, la información trimestral correspondiente a octubre-diciembre 2010 sobre la ejecución presupuestal efectuada, indicadores de medición utilizados, beneficiarios, ámbito de ejecución, metas y herramientas de gestión por cada uno de los programas sociales que la Municipalidad tenga a su cargo. Directiva Nº 05-2007-CG/PSC, “Información a ser remitida a la Contraloría General de la República con relación a la Ejecución de los Programas Sociales a cargo de las Entidades del Estado”, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 337-2007-CG.
Viernes, 21 de Enero de 2011
Presentación a la Contraloría General de la República de la información octubre-diciembre 2010 del Programa del Vaso de Leche
Dentro de los primeros 15 días útiles de enero de 2011 el Alcalde debe presentar a la Contraloría General de la República la información correspondiente al trimestre octubre-diciembre 2010 del Programa del Vaso de Leche en los Formatos PVL, RACIÓN A y RACIÓN B, según corresponda. Base legal: Directiva Nº 05-2008-CG “Información a ser recibida por la CG con relación al Gasto y Ración del Programa del Vaso de Leche” aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 142-2008-CG
Lunes, 31 de Enero de 2011
Informe de Municipalidad de Centro Poblado sobre recaudación de diciembre 2010
Vence el plazo en que los alcaldes de las municipalidades de centro poblado deben informar mensualmente a la municipalidad provincial o distrital pertinente, sobre los importes recaudados por delegación expresa en noviembre 2010, las que se entenderán como transferencias efectuadas a su favor. Base legal: Artículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Lunes, 31 de Enero de 2011
Informe del Alcalde al Concejo Municipal sobre la recaudación de los ingresos de diciembre 2010
Vence el plazo en que el Alcalde informe de manera mensual al Concejo Municipal respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales de diciembre 2010. Base legal: Numeral 15 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Lunes, 31 de Enero de 2011
Alcalde debe presentar Informe final de Rendición de Cuentas del ejercicio
El Informe de Rendición de Cuentas Final se registra en el aplicativo informático denominado “Rendición” que estará disponible en el portal web de la Contraloría General de la República - CGR, el cual generará la versión impresa de la información a remitirse a la Contraloría y al Alcalde entrante, la que deberá ser suscrita y rubricada por el Alcalde saliente en todas sus páginas. Base legal: Directiva Nº 04-2007-CG/GDES “Rendición de Cuentas de los Titulares”, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 332-2007-CG
 
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